Declarar criptomonedas a Hacienda: qué hacer si compras o vendes bitcoin en un cajero

Respuesta corta: comprar bitcoin con euros no se declara como ganancia, ni en un cajero ni en ningún otro sitio. Lo que tributa es lo que haces después: venderlo o cambiarlo por otra criptomoneda. Da igual que cobres en efectivo en un cajero o en tu cuenta.

Esta guía resume lo que dice la Agencia Tributaria para el IRPF (manual de la Renta 2025) y lo aplica a quien usa cajeros de criptomonedas. Es información general: si tienes muchas operaciones, vives en el País Vasco o Navarra (con normativa foral propia) o tienes dudas con tu caso, consulta con un asesor fiscal.

Qué operaciones tributan y cuáles no

Operación¿Genera ganancia o pérdida en el IRPF?Qué dice la AEAT
Comprar bitcoin con euros (efectivo o tarjeta)NoLa compra no genera renta; solo la venta posterior.
Mantener bitcoin sin venderNoNo hay ganancia mientras no transmites.
Vender bitcoin por euros en un cajero o plataformaSíGanancia o pérdida patrimonial en la base del ahorro.
Cambiar bitcoin por otra criptomonedaSíSe trata como una permuta.
Enviar bitcoin de un monedero tuyo a otro tuyoNo, en principioNo cambias de titular, pero guarda la trazabilidad.
Fuente: Agencia Tributaria, Manual práctico de Renta 2025, apartado de monedas virtuales.

Si solo has comprado, puedes pensar que no tienes nada que hacer. Aun así, conviene guardar el justificante de cada compra: el día que vendas, el precio que pagaste es lo que te permite calcular la ganancia real y no pagar de más.

¿Tengo que declarar criptomonedas si no he vendido?

En el IRPF, no: si no has vendido ni cambiado criptomonedas en el año, no tienes ganancia ni pérdida que declarar por ellas. Otra cosa son las declaraciones informativas, que dependen de dónde estén guardadas y de cuánto valgan:

  • Modelo 721: lo presentas tú si a 31 de diciembre tienes criptomonedas custodiadas por una entidad en el extranjero y su valor conjunto supera los 50.000 €. Según la AEAT, si guardas tú las claves privadas no hay un tercero que custodie y no nace esta obligación.
  • Una vez presentado, solo hay que repetirlo si el valor conjunto sube más de 20.000 € respecto a la última declaración, o si hay cambios relevantes en la titularidad.
  • Impuesto sobre el Patrimonio: las criptomonedas cuentan como parte de tu patrimonio si estás obligado a presentarlo.

A partir de qué cantidad hay que declarar

La AEAT detalla quién no está obligado a declarar. Uno de los supuestos es haber obtenido en todo el año, sumando todas tus rentas (trabajo, capital, actividades y ganancias patrimoniales), como máximo 1.000 €, con pérdidas patrimoniales de menos de 500 €.

Ese límite de 1.000 € no es una franquicia para las criptomonedas: se refiere al total de tus ingresos. Si además tienes un sueldo, una venta de criptomonedas con ganancia, aunque sea pequeña, normalmente te obliga a presentar la declaración. Compruébalo con el asistente de la AEAT antes de dar tu caso por cerrado.

Documentos y justificantes para calcular la ganancia de una venta de bitcoin

Cómo se calcula la ganancia al vender en un cajero

La ganancia o pérdida es la diferencia entre el valor de transmisión (lo que recibes al vender) y el valor de adquisición (lo que pagaste al comprar). Según la AEAT, los gastos y tributos de las operaciones se tienen en cuenta, así que las comisiones del cajero cuentan.

Si compraste bitcoin en varias veces y a precios distintos, se aplica el criterio FIFO: se entiende que vendes primero las monedas que compraste antes.

Un ejemplo con números redondos, solo para ilustrar el cálculo:

PasoImporte
Compra en enero: pagas en el cajero, comisión incluida800 €
Compra en marzo: pagas en el cajero, comisión incluida500 €
Venta en octubre de las monedas de enero: recibes en efectivo, ya descontada la comisión950 €
Ganancia patrimonial (950 € − 800 €)150 €
Ejemplo ilustrativo, no son datos reales de ningún operador.

Por eso importa conservar los tickets: el cajero te da un justificante con el importe, la cantidad de criptomoneda y la fecha. Las comisiones varían mucho según la máquina; tienes rangos orientativos en la guía de comisiones de los cajeros.

Cuánto se paga

Las ganancias por vender criptomonedas van a la base imponible del ahorro. Sumando la escala estatal y la autonómica, que la AEAT publica en su manual, los tipos son:

Base liquidable del ahorroTipo total (estatal + autonómico)
Hasta 6.000 €19 %
De 6.000 a 50.000 €21 %
De 50.000 a 200.000 €23 %
De 200.000 a 300.000 €27 %
Más de 300.000 €30 %
Escala aplicable desde 2025 tras la Ley 7/2024. Cada tramo se aplica solo a la parte de base que cae en él.

Las pérdidas por vender criptomonedas también se declaran: se integran y compensan dentro de la base del ahorro.

Qué sabe Hacienda de tus operaciones

  • Las entidades españolas que prestan servicios con criptomonedas informan a la AEAT de los saldos y operaciones de sus clientes mediante declaraciones informativas.
  • La directiva europea DAC8 (Directiva (UE) 2023/2226) extiende esa obligación a los proveedores de toda la UE y prevé que las administraciones fiscales intercambien la información de forma automática. Se aplica desde el 1 de enero de 2026.
  • En España, el Gobierno envió a las Cortes en junio de 2025 el proyecto de ley para trasponer DAC8, y en marzo de 2026 Hacienda sacó a información pública una orden con los nuevos modelos 042, 172, 175 y 721.
  • Los cajeros aplican verificación de identidad por tramos, así que las operaciones de cierto importe quedan asociadas a tu nombre.
Billetes de euro: el efectivo recibido al vender bitcoin en un cajero también se declara

Efectivo y cajeros: lo que conviene saber

Pagar o cobrar en efectivo no cambia la fiscalidad: una venta en un cajero tributa igual que una venta en una plataforma. Lo que sí existe es un límite legal: no se pueden hacer pagos en efectivo de 1.000 € o más cuando una de las partes es empresario o profesional (artículo 7 de la Ley 7/2012).

Si vendes en un cajero, tienes el proceso paso a paso en la guía para vender Bitcoin en un cajero de criptomonedas. Y si quieres comprar sin efectivo, en dónde comprar bitcoins en España tienes las alternativas.

Lista rápida antes de hacer la Renta

  1. Reúne los justificantes de compra y venta de cada cajero y plataforma del año.
  2. Separa las ventas y los cambios entre criptomonedas: son las operaciones que tributan.
  3. Calcula cada ganancia o pérdida aplicando FIFO por tipo de moneda e incluyendo comisiones.
  4. Revisa si a 31 de diciembre tenías más de 50.000 € en criptomonedas custodiadas fuera de España (modelo 721).
  5. Guarda la documentación: te servirá si Hacienda te pide aclaraciones.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que declarar criptomonedas si no he vendido?

En el IRPF no, porque comprar y mantener no genera ganancia. Sí puede haber obligaciones informativas, como el modelo 721 si tienes más de 50.000 € custodiados por entidades en el extranjero.

¿Hay que declarar el bitcoin comprado en un cajero?

La compra en sí no genera renta. Guarda el justificante: lo necesitarás para calcular la ganancia o la pérdida el día que vendas.

¿A partir de qué cantidad hay que declarar criptomonedas?

No hay un mínimo exento específico para criptomonedas. Solo quedan fuera de la obligación de declarar quienes, sumando todas sus rentas, no pasan de 1.000 € al año y tienen pérdidas de menos de 500 €, entre otros supuestos que detalla la AEAT.

¿Cuánto se paga por vender bitcoin con ganancia?

La ganancia tributa en la base del ahorro al 19 % hasta 6.000 €, 21 % hasta 50.000 €, 23 % hasta 200.000 €, 27 % hasta 300.000 € y 30 % por encima.

¿Tengo que presentar el modelo 721 si guardo mis bitcoins en mi propio monedero?

Según la AEAT, si controlas tú las claves privadas no hay custodia por un tercero y no nace la obligación del modelo 721.

Fuentes