Respuesta corta: en España no puedes pagar en efectivo una operación de 1.000 € o más cuando una de las dos partes es una empresa o un profesional. Un operador de cajeros de criptomonedas es una empresa, así que ese límite también cuenta cuando metes billetes en una máquina para comprar bitcoin o cuando la máquina te los da al vender.
Aquí tienes qué dice exactamente la ley, cómo se calcula, qué multa hay, en qué casos sube a 10.000 € y qué opciones tienes si quieres mover más dinero. Lo hemos revisado sobre el texto consolidado del BOE el 21 de septiembre de 2026. Es información general, no asesoramiento legal ni fiscal.
La norma es el artículo 7 de la Ley 7/2012, de prevención del fraude fiscal. El límite era de 2.500 € hasta que la Ley 11/2021 lo bajó a 1.000 € en julio de 2021. Hoy dice, en resumen:
| Situación | Límite en efectivo |
|---|---|
| Particular con domicilio fiscal en España que compra o vende a una empresa | Menos de 1.000 € por operación |
| Turista o no residente que justifica su domicilio fiscal fuera de España | Menos de 10.000 € por operación |
| Dos particulares entre sí (ninguno actúa como empresa) | Este artículo no fija límite |
| Pagos e ingresos en un banco (entidad de crédito) | No se aplica el límite |

Sí. La ley no habla de «compras» sino de operaciones en las que una parte es empresa. Da igual la dirección del dinero:
En los dos casos, una operación de 1.000 € o más no se puede liquidar en billetes. El artículo deja fuera los pagos en bancos, las casas de cambio de divisas supervisadas por el Banco de España y las entidades de pago. Los operadores de cajeros de criptomonedas no están en esa lista: son proveedores de servicios de criptoactivos, que regula MiCA.
Ojo con una confusión muy habitual. Muchos cajeros tienen dos límites distintos y conviene no mezclarlos:
Que un cajero te deje seguir tras escanear tu documento no significa que puedas pagar en billetes cualquier importe. Tienes cómo funciona esa verificación en cómo funciona un cajero de Bitcoin y la verificación KYC.
En nuestro directorio hay 326 cajeros dados de alta en 41 provincias (datos a 21 de septiembre de 2026). En 101 fichas el operador publica sus tramos de identificación, y en todas el salto para pedir un documento está en torno a los 1.000 €:
| Tramo publicado por el operador | Fichas |
|---|---|
| Las operaciones de 1.000 € o más exigen escanear un documento de identidad | 43 |
| Hasta 995 € sin registro | 24 |
| Hasta 995 €: nombre, fecha de nacimiento y teléfono; por encima, DNI u otro documento | 15 |
| Hasta 1.000 €: verificación por SMS; por encima, documento de identidad | 12 |
| 999 € al día | 7 |
Estos tramos son de identificación, no una autorización para pagar más en efectivo. Y recuerda que ahora mismo la mayoría de las redes no está dando servicio: BitBase, Bitomat y Kurant tienen el servicio en pausa por la adaptación a MiCA, y de GBTC Finance nos han confirmado 8 tiendas abiertas. Mira el estado actualizado en cajeros de Bitcoin y MiCA o busca tu máquina en el mapa de cajeros.
Pagar o cobrar en efectivo por encima del límite es una infracción grave. Lo que fija el artículo 7:
La Agencia Tributaria tiene un formulario para denunciar pagos en efectivo en su sede electrónica.
Ejemplo ilustrativo: si alguien pagara 1.500 € en billetes a una empresa en una sola operación, la base de la multa serían esos 1.500 € y la sanción, el 25 %: 375 €. No es un caso real ni una cifra de ningún operador.

La ley lo tiene previsto: se suman los importes de todos los pagos en que se haya fraccionado la misma operación. Partir una compra grande en varias de 900 € para quedarte por debajo no la convierte en legal si en realidad es una sola. Además, los operadores vigilan las operaciones relacionadas en poco tiempo por las normas contra el blanqueo.
Otra cosa son las compras independientes, hechas en días distintos y por motivos distintos. Si tienes dudas sobre tu caso, lo prudente es preguntar a un asesor antes que a la máquina.
Si vives fuera de España y no actúas como empresa, el límite sube a 10.000 €, pero tienes que poder justificar que tu domicilio fiscal no está en España. Tiene sentido en zonas con mucho visitante extranjero, como la Costa del Sol: tienes los puntos de la zona en cajeros de Bitcoin en Marbella y en Málaga. Que la ley lo permita no obliga al operador a aceptarlo: cada red pone sus propios máximos.
Para importes grandes, el camino legal es no usar billetes:
Pagues como pagues, lo que tributa en el IRPF es la ganancia cuando vendes, no la compra. El efectivo no cambia eso. Lo tienes explicado en cómo declarar criptomonedas a Hacienda.
1.000 € por operación cuando una de las partes es empresario o profesional. Si paga una persona física que justifica tener su domicilio fiscal fuera de España y no actúa como empresa, el límite es de 10.000 €.
No en una sola operación: el operador del cajero es una empresa, así que se aplica el límite de 1.000 €. Para importes mayores tienes que pagar por transferencia en una plataforma, banco o tienda autorizada.
Sí. La ley habla de operaciones en las que una parte es empresa, no solo de compras. Si el operador te paga 1.000 € o más en billetes por una misma operación, se supera el límite.
Una multa del 25 % de la cantidad pagada en efectivo. Responden de forma solidaria quien paga y quien cobra, salvo la parte que denuncie la operación ante la Agencia Tributaria en los tres meses siguientes.
No si es la misma operación: la ley suma todos los pagos en que se haya fraccionado. Además, los operadores revisan las operaciones relacionadas por las normas contra el blanqueo.